Asuntos legales y cumplimiento
Usar fotos, música y tipografías legalmente: derechos de autor para organizaciones pequeñas
Dónde encontrar imágenes que puede usar, qué permiten las licencias Creative Commons, el uso justo, la música en eventos, las tipografías y los voluntarios.
Traducción pendiente de revisión por un hablante nativo. Read the English original.
Esta guía es para cualquier persona de una organización benéfica pequeña que hace volantes, boletines, publicaciones en redes sociales, presentaciones o listas de música para eventos. Es fácil tomar una foto de un buscador o poner una canción popular en una recaudación de fondos sin pensar en quién es el dueño. Casi siempre no pasa nada, pero una carta de reclamo por una foto sin licencia puede costarle bastante dinero a una organización pequeña, y ser una organización benéfica no es una defensa. Al terminar, sabrá dónde encontrar imágenes que puede usar, qué permiten las licencias más comunes, los límites del "uso justo", las reglas para la música en eventos y las tipografías, y cómo asegurarse de que su organización sea dueña de lo que crean los voluntarios.
Esto es información general, no asesoría legal. Si recibe una carta de reclamo, no la ignore ni pague de inmediato: consulte a un abogado.
Lo básico
La Oficina de Derechos de Autor de EE. UU. dice que los derechos de autor protegen las "obras originales de autoría", entre ellas "poesía, novelas, películas, canciones, programas informáticos y arquitectura". Su circular sobre los conceptos básicos también incluye las "obras pictóricas, gráficas y escultóricas", que abarcan fotos y dibujos. Una obra está protegida "desde el momento en que se crea y se fija en una forma tangible". El registro es voluntario, así que una obra no necesita estar registrada para estar protegida: casi todas las fotos, canciones, videos y textos que encuentra en internet son de alguien.
Los derechos de autor no protegen "hechos, ideas, sistemas o métodos de funcionamiento", pero pueden proteger la forma en que se expresan.
Imágenes que puede usar
De la más segura a la más riesgosa:
- Sus propias fotos, tomadas por personal o voluntarios que aceptaron por escrito que la organización puede usarlas (vea "Ser dueño de lo que hacen los voluntarios" más abajo), con el consentimiento de las personas que aparecen. Nuestro formulario de consentimiento para fotos cubre a las personas.
- Obras del gobierno de EE. UU. La ley dice que "la protección de derechos de autor de este título no está disponible para ninguna obra del gobierno de los Estados Unidos". Muchas agencias federales comparten fotos y gráficos que puede usar. Revise el crédito, porque un sitio del gobierno también puede publicar obras que no son suyas.
- Obras de dominio público cuyos derechos han vencido o se han renunciado. Compruebe que la fuente lo diga claramente.
- Licencias Creative Commons y otras licencias libres (vea abajo), usadas exactamente como dice la licencia.
- Imágenes de archivo con licencia, dentro de los términos de la licencia. Guarde una copia de la licencia con el archivo.
- Cualquier otra cosa (un resultado de un buscador, el sitio web de otra organización, una foto de prensa) necesita el permiso del dueño.
Licencias Creative Commons
Creative Commons es una organización sin fines de lucro que publica licencias estándar que los creadores pueden poner en su obra. Los elementos principales son:
| Elemento | Qué significa |
|---|---|
| BY | Debe dar crédito al creador. Todas las licencias CC lo incluyen. |
| SA (CompartirIgual) | Si la adapta, debe compartir su versión con la misma licencia. |
| NC (NoComercial) | Solo se permite el uso no comercial. Creative Commons define no comercial como "no destinado principalmente a obtener una ventaja comercial o una compensación monetaria". |
| ND (SinDerivadas) | Solo puede compartirla "sin adaptar", así que no puede recortarla para un nuevo diseño ni añadirle texto, salvo que la licencia lo permita. |
| CC0 | El creador renunció a sus derechos en la medida que permite la ley. |
Usar una imagen CC es fácil si sigue las reglas: dé crédito al creador, enlace a la licencia y diga si la cambió. Si el uso para recaudar fondos de una organización benéfica cuenta como "no comercial" no siempre está claro, así que para campañas de donación y materiales pagados prefiera imágenes con licencia CC BY, CC BY-SA o CC0.
Uso justo: más limitado de lo que se cree
El uso justo (fair use) permite usar obras protegidas sin permiso en algunas situaciones, como comentarios, críticas, enseñanza o noticias. La Oficina de Derechos de Autor enumera cuatro factores que consideran los tribunales:
- el "propósito y carácter del uso", incluido si es comercial o "con fines educativos sin fines de lucro"
- la "naturaleza de la obra protegida"
- la "cantidad e importancia de la parte usada"
- el "efecto del uso en el mercado potencial o el valor de la obra protegida"
La Oficina dice que los tribunales "tienden más a considerar justos los usos educativos sin fines de lucro y no comerciales", pero que "esto no significa que todos los usos educativos sin fines de lucro y no comerciales sean justos". Los tribunales deciden "caso por caso", y "no hay una fórmula" sobre cuánto puede usar. Poner la foto de otra persona en su volante para que se vea bonito difícilmente será uso justo solo porque usted es una organización benéfica. Si tiene dudas, pida permiso o elija otra imagen.
Música en eventos
Poner música en público es una "interpretación", y los compositores tienen derechos sobre eso. La sección 110(4) de la Ley de Derechos de Autor exime algunas interpretaciones en persona de música no dramática (canciones, no musicales ni obras de teatro) cuando:
- no hay fin comercial, la interpretación no se transmite y no se paga a ningún intérprete, promotor u organizador, y
- no hay "ningún cobro de entrada directo ni indirecto", o lo recaudado, después de los costos razonables, "se usa exclusivamente para fines educativos, religiosos o benéficos".
Si cobra entrada, el dueño de los derechos puede oponerse por escrito al menos siete días antes del evento. La exención no cubre transmitir el evento en vivo o por radio o televisión, intérpretes pagados ni obras dramáticas. Algunos lugares ya tienen licencias de música; pregúnteles. Para todo lo que quede fuera de la exención, necesitará una licencia de los dueños de los derechos o de las organizaciones que otorgan licencias de interpretación pública.
Tipografías
Las normas de la Oficina de Derechos de Autor dicen que "el tipo de letra como tal" no está protegido por derechos de autor. Pero los archivos de fuentes que instala suelen venir con una licencia que dice dónde puede usarlos (por ejemplo, en impresos pero no incrustados en un sitio web). Use tipografías que vinieron con sus programas o que tienen licencia de uso gratuito, y anote la licencia. Nuestra guía básica de marca trata la elección de tipografías.
Ser dueño de lo que hacen los voluntarios
La Oficina de Derechos de Autor dice que "los derechos de autor de una obra pertenecen inicialmente a los autores que la crearon", no a la organización que la pidió. Una obra hecha por un empleado como parte de sus tareas habituales es una "obra por encargo" que pertenece al empleador; esa regla es para empleados, así que no cuente con ella para los voluntarios. Así que un voluntario que diseña su logotipo o toma las fotos de su evento probablemente es dueño de ellos, salvo que acuerden otra cosa por escrito. Nuestra guía legal básica explica las reglas de "obra por encargo". Un acuerdo escrito breve, firmado antes de empezar, debe decir que el voluntario transfiere los derechos a la organización o le da una licencia amplia y permanente para usar la obra. Guarde la copia firmada con los archivos.
Su lista de verificación
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Glosario de términos (en inglés)
Fuentes
Revisadas el 21 de octubre de 2026. Las reglas y las tarifas cambian, así que siga los enlaces para ver la versión actual. Las fuentes oficiales están en inglés.
- U.S. Copyright Office: Copyright in general (FAQ)
- U.S. Copyright Office: Fair Use Index (the four factors)
- 17 U.S.C. § 105, Works of the U.S. Government (govinfo)
- 17 U.S.C. § 110(4), Exemption for certain nonprofit performances (govinfo)
- eCFR: 37 CFR 202.1, Material not subject to copyright (typeface as typeface)
- U.S. Copyright Office: Circular 1, Copyright Basics
- Creative Commons: CC0
- Creative Commons: About CC licenses
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